Paso 1: Tipificación
33%
Protocolo Técnico de Liquidación
La proyección generada corresponde al **Lucro Cesante Consolidado y Futuro** según el Art. 1613 del Código Civil Colombiano. Esta cifra NO incluye perjuicios extrapatrimoniales como el **Daño Moral, Daño Estético y Vida en Relación**, los cuales deben ser tasados individualmente por nuestro equipo jurídico tras el análisis riguroso de la historia clínica y secuelas psicológicas definitivas del afectado.